2. Proyecto Hidráulico

Una vez aprobada la solicitud de Disponibilidad del Servicio o de Requisitos Técnicos Constructores, la Gerencia de Operaciones notificará al constructor/urbanizador a vuelta de correo el resultado de la solicitud indicando la necesidad de presentar el proyecto hidráulico de la obra a edificar, el cual a su vez es requisito previo para la aprobación del servicio temporal.

El Proyecto Hidráulico debe contener:

  • Carta remisoria del proyecto firmada por el Constructor y el Diseñador enunciando el Número de la Solicitud.
  • Autorización por parte del Representante Legal del Personal a cargo de realizar los trámites ante el amb SA ESP.
  • Original y copia de memorias de cálculo hidráulico y dos juegos de copias de los planos hidráulicos elaborados de acuerdo con las normas NTC 1500, Reglamento Técnico de Agua y Saneamiento Básico- RAS (Resolución 0330 de 2017) y NSR-10, firmados por el Diseñador, adjuntando CD que contenga la información anterior, copia matrícula profesional y certificación de vigencia expedida por el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería y sus Profesiones Auxiliares – COPNIA
  • Copia de la solicitud de Disponibilidad del Servicio o de Requisitos Técnicos.

El proyecto se estudiará por parte de la Gerencia de Operaciones del amb SA ESP y será resuelto en un plazo máximo de 15 días hábiles a partir de su recibo en la Oficina de Correspondencia y Archivo.

Una vez aprobado el proyecto hidráulico el amb SA ESP informará al constructor/urbanizador a vuelta de correo el estado de aprobación del proyecto. En caso de no ser aprobado se informará tal condición y se devolverá el proyecto con una lista de chequeo (F DI 702-001) anexa con las correcciones que debe realizar el diseñador e igualmente se le informará que debe cancelar la nueva revisión del proyecto según tarifas establecidas por el amb SA ESP en  Acto de Tarifas Vigente2. A partir del año 2020 el servicio que presta el amb SA ESP para la primera revisión del proyecto hidráulico tendrá un costo que deberá ser asumido por el constructor de acuerdo con las tarifas estipuladas en el acto de tarifas vigente.

Una vez realizadas las correcciones3 del proyecto hidráulico por parte del diseñador, el constructor/urbanizador deberá radicarlo nuevamente con los requisitos anteriormente mencionados, anexando Recibo de Caja del pago de la nueva revisión del proyecto. Si se presenta modificaciones a las instalaciones hidráulicas internas por parte del constructor/urbanizador, éste debe cancelar el valor de la respectiva revisión y radicar nuevamente.